Capítulo I. Artículo 1º Presupuestos del amparo. Artículo 2º Condiciones de admisibilidad. Capítulo 2. Artículo 3º. Juez competente. Principio de prevención. Capítulo III. Artículo 4º Legitimación para actuar. Artículo 5º Procedimiento. Plazo para interponer la acción de amparo. Ininterrupción por intimaciones o presentaciones administrativas. Actos u omisiones periódicas. Artículo 6º Requisitos de interposición de la demanda en los amparos individuales. Artículo 7º Presupuestos especiales en amparos colectivos. Capítulo V. Artículo 8º Rechazo "in limine" de la demanda. Inscripción en el registro especial para amparos colectivos. Artículo 9º Medidas cautelares en el trámite de amparo. Capítulo VI. Artículo 10º Traslado de la demanda e informe circunstanciado. Artículo 11º Audiencia conciliatoria y simplificadora de prueba. Artículo 12º Medidas para mejor proveer. Capítulo VII. Artículo 13º Plazo para dictar sentencia definitiva. Artículo 14º Contenido de la sentencia. Artículo 15º Cosa juzgada en los amparos individuales y efectos de la sentencia en procesos colectivos. Capítulo VIII. Artículo 16º Resoluciones apelables. Artículo 17º Plazo y efectos de la apelación. Procedimiento segunda instancia. Recurso de queja. Artículo 17º bis. Competencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Capítulo IX. Artículo 18º Plazos procesales. Notificaciones por cédula o personalmente. Artículo 19º Costas. Artículo 20º Exención de tributos. Capítulo X. Artículo 21º Registro público de amparos colectivos. Capítulo XI. Artículo 22º Actos procesales prohibidos. Saneamiento de irregularidades. Facultades jurisdiccionales. Artículo 23º Medidas cautelares de oficio. Suspensión por afectar a la administración o un servicio público. Artículo 24º Consecuencias del incumplimiento de las decisiones judiciales. Artículo 25º Legislación supletoria. Facultad judicial de acelerar el proceso. Capítulo XII. Artículo 26º Derogación de la ley 7166.